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3. Alcalá en el siglo XVI

En 1295 moría Sancho IV y comenzaba la regencia de la reina María de
Molina en nombre de su hijo, el futuro Fernando IV. Este período de mínoría
fue aprovechado por los reyes de Granada y Aragón, que se aliaron para
atacar en distintos frentes las posiciones castellanas. Sin embargo, en la zona
que nos interesa, -alrededor de Alcalá de los Gazules, no se produjeron cambios
apreciables debido, según M. A. Ladero, a dos motivos: el primero, indudablemente,
fue el abstencionismo marroquí, y el segundo, la defensa organizada
por Alfonso Pérez de Guzmán.
La situación se fue aclarando para Castilla con la firma de una tregua con
Granada en 1302, por la que Muhammad III renunciaba a las plazas que le
había prometido el pretendiente al trono castellano, Alfonso de la Cerda, es
decir, Medina Sidonia, Vejer, Tarifa y Alcalá de los Gazules, si bien siguieron
en su poder las plazas de la Alta Andalucía conquistadas entre 1296 y
1302: Quesada, Alcaudete, Castillo de Locubín y Bédmar. En 1304 se llegaba
a la paz con Aragón en Torrellas: Castilla perdía en favor de Aragón la
porción norte del antiguo reino de Murcia y Alfonso de la Cerda, como hijo
del primogénito de Alfonso X, renunciaba a sus derechos -al trono castellano

a cambio de una serie de señoríos con carácter hereditario, entre ellos el de
Gibraleón, más otras compensaciones económicas.
En 1309 se reanudó la guerra. En esta ocasión se formó una triple alianza
de castellanos, aragoneses y benimerines contra el reino de Granada. Fernando
IV consiguió conquistar Gibraltar en dicho año, pero se vio obligado a
levantar el cerco sobre la plaza de Algeciras. En 1310 se firmaba una paz con
Granada en condiciones muy favorables para Castilla, situación que se prolongaría
en la zona del Estrecho durante más de veinte años debido nuevamente
a la inactividad de los merinies, dueños de las ciudades de Algeciras y
Ronda.
A Los pocos meses de firmarse la paz con Granada, en julio de 1310, Fernando
IV volvía a sacar del realengo a Alcalá de los Gazules para cederla a
Alfonso Fernández de Córdoba ‘¼el fundador del linaje más importante del
reino de Córdoba y uno de los principales de toda Andalucía. La donación
se realizó a cambio de la obligación, por parte de Alfonso y sus sucesores, de
mantener al menos ciento cincuenta hombres de armas en la villa para nuestro
servicio y quefagan endeguerra si mester fizier Para ello Fernando IV escogió
a un experto defensor de la frontera frente a los musulmanes, señor de la
villa de Cañete por merced de Sancho IV, al que ya había recompensado anteriormente
en 1300 con la donación de una dehesa en la Sierra de Córdoba
~o. La cesión en señorío de Alcalá era completa y hereditaria, e incluso sc
detalla en el privilegio el orden de preferencias en la sucesión de Alfonso
Fernández de Córdoba. Sin embargo, parece que en la práctica el caballero
cordobés debió actuar como alcaide de la villa más que como verdadero señor
de la misma. Esta es la autorizada opinión de C. Quintanilla, que -añade
para confirmar su afirmación otras circunstancias como la inexistencia de noticias
sobre su función en Alcalá y el hecho de que saliese rápidamente de su
patrimonio, ya que no sela menciona en su testamento, otorgado el 25 de octubre
de 1327 5Q Una vez más, y no sabemos por qué causas ni desde qué
ano concreto, Alcalá volvía a integrarse en las posesiones de la Corona.
El largo período de paz que para la zona del Estrecho significó la tregua
de 1310 fue roto en 1333: en febrero de este año, Abd-al-Malik, hijo del
emir meriní Abu-l-Hassan, sitiaba la plaza dc Gibraltar Al llegar el verano,
Alfonso XI organizó un ejército para romper el cerco, pero estando ya cerca

de Jerez se supo que el alcaide de Gibraltar, Vasco Pérez de Meyra, la había
entregado a los benimerines. A pesar de ello, las huestes castellanas siguieron
su marcha hacia el sur, pasando por Alcalá de los Gazules el día de San
Juan 52, aunque no pudieron tomar la plaza recién perdida. En agosto de
1333 se firmaba una nueva tregua por cuatro años entre Alfonso XI, Abd-al-
Malik y el rey de Granada, que llegó a las inmediaciones de Gibraltar para
ayudar a sus aliados merinies. Alfonso XI volvió entonces a Sevilla, pasando
de nuevo por Alcalá de los Gazules ~, para hacer frente a las coaliciones nobiliarias
que tanto obstaculizaron sus actuaciones militares en la frontera.
De nuevo, la guerra volvería en 1339 y de nuevo Abd-al-Malik, el Abomelique
de las crónicas, comenzó a saquear las tierras andaluzas, en especial
los términos de Jerez, Lebrija y Medina Sidonia. La reacción de los nobles y
de los concejos de la zona pudo frenar estas peligrosas incursiones meriníes
hasta derrotar estrepitosamente a los norteafricanos, muriendo el mismo
Abomclique, en las inmediaciones de Alcalá, junto al río Patrite Ñ~; cuando
las tropas castellanas estaban en Arcos, supieron que el ynjhníe era passado de
Xerez e que levana muchos ganados, e queyua por tomar el castillo de Alcalá de
los Gazules, que dezía que un enaciado le aula dicho que gelo faría entregar 55;
tras esta noticia, abandonaron Arcos e yendo por el camino, vinieron les Ónco
omes de cavallo que eran de Alcalá de los Gazules e dixeron les que el ynfante
Abomelique yva esta noche a dormir a la vega de Pagana, cerca del rrío de Patrire...
-~. Según la tradición, en recuerdo de esta batalla surgiría el santuario de
la Virgen de los Santos, patrona de nuestra villa ~.
Los sucesos acaecidos entre 1339 y 1344, año este último de la conquista
de Algeciras, tuvieron escasas repercusiones en las poblaciones de la zona
del Estrecho. Como ha señalado M. A. Ladero, en aquellos años «lo que se
jugaba era un predominio militar y naval, más que territorial» ~ La guerra de
aquellos años, momento culminante de la «batalla del Estrecho», significó la
decadencia definitiva de los benimerines en suelo peninsular; en 1374, Gibraltar,
Ronda y Marbella fueron evacuadas por las últimas guarniciones meriníes,
devolviéndolas definitivamente al emirato nazarí. A partir de 1350,
tras el frustrado asedio de Gibraltar y la muerte de Alfonso Xl, se inicia un
dilatado período de paz ooficialo y estabilidad de más de cincuenta años, en
una frontera que volvía a ser compartida únicamente por castellanos y granadinos.
Volviendo a Alcalá de los Gazules, tenemos por estos años mediados del
siglo xtv la concesión por Alfonso Xl, en 1342, de un amplio privilegio para

los vecinos presentes y futuros de la villa 59. En primer lugar, exime del pago
de todo tipo de tributos de carácter territorial (infurción, martiniega, marzadga
u otros pechos similares) a los vecinos que tuviesen propiedades —algos—
fuera de Alcalá; en segundo lugar, quedaban exentos de pagar los tradicionales
impuestos sobre el tránsito de mercancías (portazgo, almojarifazgo, roda,
castillería, barcaje o peaje...) por las cosas que trageren para bastimento de la
dicha villa e paramantenimiento de los vecinosy moradores.
Estas franquezas estaban destinad-as a atraer nuevos pobladores a una villa
que por aquellas fechas debía estar todavía muy escasamente poblada.
Esta situación de fuerte déficit demográfico estaba generalizada en todas la
línea fronteriza con Granada, a la que Fernando IV y Alfonso Xl dedicaron
sus esfuerzos repobladores 60 Incluso existía esta misma problemática en las
tierras interiores de Andalucía, como lo pone de manifiesto la actividad repobladora
llevada a cabo en la primera mitad del siglo XIV, dirigida sobre
todo por la nobleza laica 61
Medina Sidonia, que probablemente era el principal núcleo de población
de~tquella comarca fronteriza, no tenía más de 150 vecinos a mediados del
siglo xív 62 Además, debemos considerar que el privilegio es otorgado por
Alfonso XI después de producirse la gran batalla del Salado (1340) y sólo
dos años antes de la conquista de Algeciras. Aunque no hemos podido comprobarlo
documentalmente, parece que a los pocos años después Alfonso XI
concedió en 1346 el título oficial de villa a Alcalá de los Gazules, calificada
como «muy noble, real e ilustre, por los eroicos esfuerzos y tenaz resistencia
de sus habitantes en los varios asedios que sufrió durante la dominación agarena
» ~. También conocemos del reinado de Alfonso XI -al alcaide de Alcalá
de los Gazules, Lorenzo Hernández de Villavicencio, hidalgo natural de
León que llegó a Jerez con el rey castellano, quien le nombraría alcaide y capitán
de Jerez y alcaide de Medina Sidonia y Alcalá, si bien no se conoce la
fecha exacta en la que este caballero desempeñó dicho cargo

Durante la tranquila segunda mitad del siglo xlv, -al menos en lo que a
guerra con los musulmanes se refiere, apenas existen noticias sobre Alcalá
de los Gazules. La entronización en Castilla de una nueva dinastía, a partir
de 1369, tendrá sus consecuencias para nuestra villa, pues a fines del siglo
xiv Alcalá formaría parte de los señoríos de don Enrique, duque de Medina
Sidonia, conde de Cabra y señor de Morón, que era hijo bastardo del primer
monarca Trastámara Enrique II. Según A. Collantes de Terán, este amplio
«señorío de persona real» fue uno de los últimos de su género que se constituiría
en tierras andaluzas 6t No sabemos en qué fecha exacta pasó a depender
del duque Enrique, nacido en 1377 66 pero, en cualquier caso, la vInculación
señorial desaparecería tras su muerte sin herederos en 1404. El
profesor Ladero apunta la posibilidad de que las protestas de los vecinos de
Medina Sidonia y Alcalá hubiesen puesto fin -al régimen señorial del duque
Enrique antes de su muerte, aportando el testimonio de las actas capitulares
de Jerez, recogido por J. Moreno de Guerra: Los de Alcalá enviaron a decir al
cabildo destu cibdad en miércoles dos de abril de MCCCCIII años y así mísmo
los de Medina Sidonia que enviaron sus cartas al rey nuestro señor que Medina
y Alcalá sean reales y de su corona que non las dé a otra persona ~
El único testimonio que poseemos de la relación del duque con Alcalá
consiste en una sentencia, dictada por don Enrique en 1395, sobre el pleito
que por motivo de términos enfrentaba a sus villas de Alcalá y Medina Sidoni-
a t>8• Fueron los procuradores de Alcalá, Ruy Martínez y Fernán Sánchez,
los que denunciaron a los vecinos de Medina por invadir con con sus ganados
unos prados cercanos al río Alamo. En el documento se señala que el
duque requirió de las dos partes la presentación de los antiguos padrones de
amojonamiento, y considerando que el que presentaba el procurador de
Medina había sido falseado, declaró a favor de Alcalá la resolución del
pleito.
El duque reconocía el derecho de los vecinos y moradores de Alcalá a
usar y aprovechar las tierras de pasto en litigio —los echos—, reservándose
para sí la propiedad. En la sentencia se recoge la presencia, como testigos,
de Juan Sánchez de Bivanco, alcalde mayor en los señoríos del duque, Gonzalo
García de Espinosa, alcaide dc Alcalá, Pero Benítez, antiguo alcaide de
la villa, y Juan Alfón de Sousa, alcaide de Medina. Estos eran los represenen
tantes inmediatos del duque en aquellas tierras, quien, a pesar de que la sentencía
dc 1395 fue dada en Alcalá, solía residir normalmente en Córdoba.
Al iniciarse el siglo xv, la villa de Alcalá debía conservar todas las características
que hemos visto en los siglos xííí y xlv: población muy escasa, dedicacíon
preferentemente ganadera, en un término en el que abundaban las zonas
de monte y baldíos, tal y como se recoge en el Libro de la Montería de Alfonso
Xl 69• La presencia de la misma línea de frontera en su término impidió su
consolidación como núcleo de población, a pesar de los sucesivos intentos de
señorialización por parte de los reyes castellanos. Para hacer frente a esta situación,
la monarquía intentó favorecer económicamente a nuestra villa, como
ocurría en general con otras poblaciones cercanas la frontera, concediéndole
algunos privilegios y franquicias. En este sentido podríamos destacar la exencion
por Juan II del pago de la alcabala de las cosas que hendieren de su labranza
e crianva de las dichas villas e sus términos en las cihdades e villas del arQohispado
de Seuilla e de los obispados de Córdoua e Jahén, e del esparto e ortaliza e frutas
que licuan a henderde las dichas villas al dicho ar~obispado e en los dichos obispados
~<>. Además, hay que tener en cuenta la vigencia, mantenida durante todo el
siglo xv, del privilegio otorgado por Alfonso Xl.
A veces, Alcalá de los Gazules fue designado como uno de los puertos exclusivos
en donde únicamente podían realizarse las transacciones comerciales,
en época de treguas, entre Castilla y el reino de Granada: en 1427 Alcalá fue
uno de los once opuertos secoso de-aquel año y el único que se concedió para
todo el obispado de Cádiz 7l~ En relacion con este mundo musulmán tan cercano
a Alcalá, podríamos citar la existencia de acuerdos fronterizos particulares
entre moros y cristianos situados a ambos lados de la frontera, que debieron ser
muy frectíentes durante los siglos de convivencia, como el que llevaron a cabo
ganaderos de Alcalá de los Gazules con los moros de la vecina población de
Cortes, mediante el cual estos últimos se comprometieron a guardar e defender a
los dichos hatos ide Alt-alá] e conos~edores e vaqueros dellasporque otros moros de
otras alquerías de aquella tierra no los cativaren nin hisiesen danno, pues que venían
a aquella tierrapor su hervaje 72
A partir de 1456, con la conquista definitiva de Jimena, que ya fue tomada
primeramente en 1431 ~ y en la que nuestra población jugó un destacado pa
pel, Alcalá perderá esta condición de avanzada ante los musulmanes de las
serranías rondeñas, aunque, en realidad, la presencia del mundo fronterizo
perdurará prácticamente hasta los años finales del reino nazarí ~‘<~ También
está documentada la activa participación de los vecinos de Alcalá, junto con
los de Medina y posteriormente los de Jerez, en los asedios dirigidos contra
Gibraltar por el duque de Medina Sidonia, don Juan de Guzmán, que culminaron
con la conquista de la plaza en el año 1462 ~ así como la participacíon
de vecinos alcalainos en la conquista de Ronda e incluso en la posterior
repoblación de las serranías rondeñas ~.
Durante la primera mitad del siglo XV Alcalá mantuvo su condición de villa
realenga. Sin embargo, no pudo evitar el impulso señorializador que,
partir de los años cuarenta de aquel siglo, protagonizaría el rey Juan II de
Castilla. En efecto, en 1441 Alcalá fue, de nuevo, cedida en señorío, en esta
ocasión al Adelantado de Andalucía Per Afán 11 de Ribera ~. A diferencia de
los anteriores intentos, el iniciado en 1441 va suponer la permanencia definitiva
de nuestra villa en el régimen señorial. Igual suerte tuvieron por los
mismos años las villas vecinas de Medina Sidonia, que, desde 1440, se integraría
en los estados del conde de Niebla; Tarifa, vinculada definitivamente a
los almirantes de Castilla a partir dc 1447,o Castellar, cedida en 1445 a Juan
de Saavedra.

This entry was posted on miércoles, 20 de agosto de 2008 at 4:03 and is filed under . You can follow any responses to this entry through the comments feed .

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